lunes, 30 de marzo de 2009

EL QUE TIENE VOZ TIENE PODER

Democratización en la comunicación
La presentación del proyecto de ley de Servicios de Comunicación Audiovisual por parte de la presidente Cristina Fernández de Kirchner plantea una discusión relegada por décadas en el seno de la sociedad argentina. Por el momento la actividad de los medios de comunicación está regida por el decreto Ley de Radiodifusión nro. 22.285 firmada por el dictador Jorge Rafael Videla el 15 de septiembre de 1980.

Entrando en el tema, es importante recordar que el espectro radioeléctrico, por normas internacionales, es Patrimonio de la Humanidad, y, por lo tanto, la potestad de su administración del Estado nacional (no del gobierno de turno).
Varias líneas de análisis deben seguirse para poder profundizar y establecer verdaderamente la democratización en la comunicación. Debe considerarse el contexto político, los monopolios de la información, el abordaje de una democracia real y no formal, y fundamentalmente cómo se implementará la nueva ley en los municipios. Contraseña de Moreno hará un seguimiento exhaustivo.
En este primer informe haremos una introducción al tema.

Un poco de historia
El decreto 22.285 tuvo modificaciones a lo largo de estos años de democracia. En el 89, la Ley Dromi nro. 23696 permitió que los propietarios de medios de comunicación gráfica accedan a licencias de radiodifusión: se abrió así la puerta a la conformación de los multimedios.
Los años de gobierno menemista profundizaron el camino: el decreto 1005 del año 99 adecuaba la legislación a las necesidades de las empresas para ratificar la radiodifusión como un negocio para unos pocos.
En el año 2005, cuando se vencían las licencias, el entonces presidente Néstor Kirchner firmó el decreto 527/05, concediendo 10 años más de licencias a los grandes medios.
Pero no todo fue en retroceso: en el 2004 comenzó el trabajo de articulación de toda la sociedad civil constituyéndose la Coalición por una Radiodifusión Democrática que redactó, luego de profundas discusiones, el documento “21 Puntos por el Derecho a la Comunicación”. La presión de estos medios comunitarios, alternativos logró la sanción de la ley que modificaba el artículo 45 de la Ley de Radiodifusión, habilitando a las personas jurídicas sin fines de lucro a que se les reconozcan sus licencias.

El proyecto
En 149 páginas se presentó el proyecto de ley. Abajo seleccionamos apenas dos ejes que establecen un marco introductorio a la discusión:
- Establece una división equitativa (33% para cada uno) de las frecuencias en radio y TV, entre el sector privado comercial, el sector privado sin fines de lucro (universidades, cooperativas, ONG, iglesias) y el sector público (Estado nacional, provincial y municipal).
- El organismo que regulará los Servicios de Comunicación Audiovisual será dirigido por un órgano colegiado integrado por representantes de la legislatura nacional, de la segunda y tercera minoría y representantes del Poder Ejecutivo Nacional. Se establecerá un Consejo Multisectorial y Participativo integrado por representantes de las Universidades, de las Asociaciones sin fines de lucro, de los trabajadores del sector, etc.

Comienza un plazo de 60 días para el debate público con la organización de foros regionales. Contraseña de Moreno participará de ellos para poder aportar a una mayor democratización de la comunicación.

Los gobiernos deben distribuir equitativamente el espectro radioeléctrico para garantizar la existencia de las radios comerciales, alternativa y del estado. El ejemplo de Argentina sienta un precedente para América Latina”.
Frank La Rue, Relator de la ONU para la Libertad de
Expresión

No hay comentarios:

Publicar un comentario